{"id":2863,"date":"2015-06-10T02:30:22","date_gmt":"2015-06-10T05:30:22","guid":{"rendered":"http:\/\/www.ctainternacionales.org\/?p=2863"},"modified":"2015-06-10T02:30:22","modified_gmt":"2015-06-10T05:30:22","slug":"la-cta-respaldo-la-lucha-de-los-trabajadores-espanoles","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ctainternacionales.org\/?p=2863","title":{"rendered":"La CTA respald\u00f3 la lucha de los trabajadores espa\u00f1oles"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"color: #336699;\"><a href=\"http:\/\/www.ctainternacionales.org\/wp-content\/uploads\/2015\/06\/IMG-20150608-WA0000.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-thumbnail wp-image-2864\" src=\"http:\/\/www.ctainternacionales.org\/wp-content\/uploads\/2015\/06\/IMG-20150608-WA0000-307x172.jpg\" alt=\"IMG-20150608-WA0000\" width=\"307\" height=\"172\" \/><\/a>ACTA reproduce el discurso de Horacio Meguira, Director del Observatorio del Derecho Social de la CTA, en la 104 Conferencia de la OIT en el marco del tratamiento del caso espa\u00f1ol sobre la reforma laboral. La CTA fue elegida para hacer su aporte acerca del avance del neoliberalismo en ese pa\u00eds europeo.<\/span><!--more--><\/p>\n<div class=\"crayon article-texte-16181 textoa\">\n<p style=\"text-align: justify;\">Desde la Central de Trabajadores de la Argentina Aut\u00f3noma venimos a apoyar a los sindicatos hermanos espa\u00f1oles en su lucha por mantener las conquistas y resistir contra el avasallamiento de sus derechos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El voto mayoritario de la decisi\u00f3n del Tribunal constitucional afirm\u00f3 que la reforma laboral del 2012 contempla, junto a la readmisi\u00f3n en el empleo, el pago de una indemnizaci\u00f3n adecuada como una de las posibilidades de reacci\u00f3n ante la extinci\u00f3n incausada.-<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el mismo sentido la sentencia n\u00ba 119\/2014 de julio del 2014 desestimo un recurso de inconstitucionalidad, por el cual se estableci\u00f3 en una modalidad contractual un per\u00edodo de prueba de un a\u00f1o.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La sentencia justifica la finalidad de dicha modalidad con el argumento de que prevalece la promoci\u00f3n del pleno empleo en desmedro de los derechos eventualmente adquiridos durante un periodo de prueba.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se aparta as\u00ed, de las conclusiones del informe del comit\u00e9 tripartito que examino en la OIT la reclamaci\u00f3n presentada en 2012 por los sindicatos espa\u00f1oles en relaci\u00f3n al convenio 158.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Llama la atenci\u00f3n, que el Tribunal Constitucional espa\u00f1ol no haya considerado las observaciones que han hecho los \u00f3rganos de control de la OIT ante las quejas y reclamaciones de los sindicatos espa\u00f1oles acerca de aspectos sustanciales de esa reforma. Seg\u00fan el art\u00edculo 96 de la Constituci\u00f3n espa\u00f1ola los tratados internacionales forman parte del ordenamiento interno, por encima incluso de las leyes laborales ordinarias.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Recordemos que la Reforma laboral acometida en 2012 flexibiliza los principales institutos del derecho individual del trabajo y debilita sustancialmente la negociaci\u00f3n colectiva priorizando las unidades de negociaci\u00f3n de empresa por sobre los convenios colectivos de actividad o regionales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La sentencia se dicta a la vista de los efectos que ha provocado la reforma laboral; destrucci\u00f3n de empleo, durante la primera parte de la doble recesi\u00f3n sufrida por la econom\u00eda espa\u00f1ola entre 2008 y 2013. En la primera etapa de la crisis, la destrucci\u00f3n del empleo impact\u00f3 mayoritariamente en los contratos temporales como consecuencia de su mayor flexibilidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En la segunda etapa, que coincide con la aprobaci\u00f3n de la Reforma laboral, se registra un cambio significativo: crece de forma intensa la destrucci\u00f3n de empleo indefinido frente al temporal, con respecto a a\u00f1os precedentes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En resumen, la reforma laboral de 2012 no solo impone la autoridad indiscutible del empresario al reforzar el poder unilateral de \u00e9ste rompiendo el cada vez m\u00e1s degradado equilibrio entre el derecho del trabajo y el libre mercado, tambi\u00e9n persigue un debilitamiento de las organizaciones sindicales. En 2014 se han iniciado varios procedimientos penales, intentando criminalizar la acci\u00f3n sindical y la protesta, con petici\u00f3n de penas de varios a\u00f1os de c\u00e1rcel a sindicalistas, por ejercer el derecho de huelga, lo que ha motivado una nueva queja ante el Comit\u00e9 de Libertad Sindical.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Estas Sentencias, adem\u00e1s de consolidar la ruptura del consenso con el que se fragu\u00f3 la propia Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola en relaci\u00f3n con el sistema de relaciones laborales, viene a reafirmar la subordinaci\u00f3n del derecho a la estabilidad en el empleo, del derecho al trabajo, del derecho a la negociaci\u00f3n colectiva y la libertad sindical, del derecho a la tutela judicial efectiva, y del derecho a la igualdad de los trabajadores y trabajadoras, a consideraciones de mera discrecionalidad pol\u00edtica que nada tienen que ver con el derecho al trabajo que dicha Constituci\u00f3n garantiza en consonancia con las normas internacionales del trabajo que esta casa supo construir durante casi un siglo de tripartismo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La terminaci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral por la mera voluntad del empleador y sin ninguna compensaci\u00f3n econ\u00f3mica (como sucede con el despido libre durante el periodo de prueba en los contratos de apoyo a emprendedores que es una buena prueba de ello), que el Alto Tribunal avala se\u00f1alando que \u201cconcurre la proporci\u00f3n exigible entre el sacrificio que a las garant\u00edas del trabajador supone la adopci\u00f3n de la medida y los beneficios individuales y colectivos de la misma\u201d es contrario al pacto constitucional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tampoco se corresponde con el consenso constitucional, que funda el pacto de convivencia, el despido basado en motivos tan arbitrarios como la mera reducci\u00f3n de facturaci\u00f3n o ingresos, cuando el propio \u201clegislador\u201d preconiza la ausencia de control judicial sobre los motivos tomados por la empresa para extinguir los contratos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A diferencia del Tribunal Constitucional, el Consejo de Administraci\u00f3n de la OIT consider\u00f3 que no hab\u00eda v\u00ednculo directo entre la facilitaci\u00f3n de los despidos y la creaci\u00f3n de empleos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El contrato de trabajo de apoyo a los emprendedores, modalidad contractual para supuestamente favorecer el empleo juvenil, fue establecido en la reforma laboral de 2012 sin dialogo social, como lo comprob\u00f3 el comit\u00e9 tripartito conformado a partir de la reclamaci\u00f3n art\u00edculo 24 de la Constituci\u00f3n de la OIT.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Sentencia no debi\u00f3 apartarse de la interpretaci\u00f3n de los \u00f3rganos tripartitos de la OIT.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Subvertir el derecho y subordinarlo al orden econ\u00f3mico rompiendo la bilateralidad -puedo aseverarlo con fundamento emp\u00edrico- que este razonamiento lleva a la anomia y a la desinstitucionalizaci\u00f3n de las relaciones de trabajo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En definitiva, asistimos a un momento de definiciones, donde la credibilidad del discurso del ajuste econ\u00f3mico se ha agotado y los trabajadores no estamos dispuestos a seguir pagando la cuenta originada en una fiesta especulativa, disociada de la econom\u00eda real, a la que ni siquiera fuimos invitados.<\/p>\n<\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"ACTA reproduce el discurso de Horacio Meguira, Director del Observatorio del Derecho Social de la CTA, en la 104 Conferencia de la OIT \n<a class=\"moretag\" href=\"https:\/\/ctainternacionales.org\/?p=2863\"> 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