{"id":2603,"date":"2015-02-15T22:20:50","date_gmt":"2015-02-16T01:20:50","guid":{"rendered":"http:\/\/www.ctainternacionales.org\/?p=2603"},"modified":"2015-02-18T15:51:57","modified_gmt":"2015-02-18T18:51:57","slug":"la-libertad-sindical-derecho-a-la-huelga-y-la-oit","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ctainternacionales.org\/?p=2603","title":{"rendered":"La libertad sindical derecho a la huelga y la OIT"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><em>Por Nicolas Honigesz<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"http:\/\/www.ctainternacionales.org\/wp-content\/uploads\/2015\/02\/sistema-de-monos-huelga.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-thumbnail wp-image-2604\" src=\"http:\/\/www.ctainternacionales.org\/wp-content\/uploads\/2015\/02\/sistema-de-monos-huelga-307x238.jpg\" alt=\"sistema-de-monos-huelga\" width=\"307\" height=\"238\" \/><\/a><\/p>\n<p style=\"color: #141823; text-align: justify;\">La libertad sindical derecho a la huelga y la OIT x Nicolas Honigesz<\/p>\n<p style=\"color: #141823; text-align: justify;\">La Confederaci\u00f3n Sindical Internacional (CSI), que representa a 176 millones de trabajadores en 162 pa\u00edses y cuenta con 328 organizaciones afiliadas nacionales, ha convocado para el d\u00eda 18 de febrero una jornada de acci\u00f3n mundial en favor del derecho de huelga, ante la reuni\u00f3n prevista para la semana siguiente de la OIT y la incomprensible y llamativa oposici\u00f3n del grupo de las patronales y algunos gobiernos, a partir de la Conferencia Internacional del Trabajo de 2012, a la interpretaci\u00f3n que viene haciendo la OIT sobre el derecho de huelga en base al Convenio 87 de Libertad Sindical. La ofensiva empresarial no se ha limitado a cuestionar el derecho de huelga, adem\u00e1s pretende restringir de forma importante el papel de los \u00f3rganos de control de la OIT.<br \/>\nLa libertad sindical ha sido en forma temprana reconocida como un derecho fundamental lo que lleva a referir su naturaleza jur\u00eddica. Esta fuera de discusi\u00f3n que la libertad sindical es uno de los derechos humanos o fundamentales masivamente reconocidos en las constituciones y en los pactos y declaraciones de derechos humanos, no obstante la libertad sindical no es uno m\u00e1s de los derechos humanos o fundamentales, sino que es un pre-requisito o condici\u00f3n de posesi\u00f3n y ejercicio de otros derechos. Es un derecho para tener derechos, un derecho generador de otros derechos. El derecho de la libertad sindical tiene una potencialidad sobre otros derechos. Paralelamente la libertad sindical es un instrumento de desigualdad compensatorio o igualaci\u00f3n en tanto instruye o permite construir contra-poder que limita, acota o compensa el poder econ\u00f3mico del empleador y es uno de los elementos constitutivos de la democracia. Se podr\u00eda decir que en pa\u00edses donde los derechos civiles son violados o desterrados el derecho es la acci\u00f3n directa de los sindicatos y de los derechos de la libertad sindical, son los que protegen a la grandes poblaciones del mundo. La libertad sindical es un indicador esencial de la democracia. En este contexto la OIT Organizaci\u00f3n Internacional del trabajo fundada en 1919 fue un emergente de la primera guerra mundial y tenia como objetivo el mantenimiento de la paz social. Fue s\u00edmbolo de t\u00e9rminos de los acuerdos entre capital y trabajo. La revoluci\u00f3n rusa de 1917 hab\u00eda puesto en jaque y fue una amenaza para la continuidad del capitalismo. Desde su nacimiento la OIT es un organismo tripartito donde gobiernos trabajadores y empleadores regulan normas internacionales que se materializan a partir de convenios y recomendaciones acordadas entre gobiernos trabajadores empleadores y a partir de su ratificaci\u00f3n los estados miembros contraen obligaciones como la adecuaci\u00f3n de sus legislaciones a los convenios internacionales que est\u00e1n obligados a la sumisi\u00f3n y deben someter al poder legislativo los convenios que se aprueben en la conferencia. Estas reuniones se efect\u00faan anualmente pero desde el a\u00f1os 2012 el grupo de empleadores sostiene que en el convenio 87 no esta contemplado el derecho a huelga y por lo tanto la comisi\u00f3n de expertos no puede hacer observaciones lo que conlleva a que se ponga en cuestionamiento todo el sistema de control de la OIT; y que en los casos donde se hiciera referencia al derecho a huelga no hubiese conclusiones lo que impide el acuerdo tripartito. Si bien es posible el no acuerdo lo que se ha roto es uno de los grandes s\u00edmbolos fundacionales de la OIT que hace a su esencia fundacional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"http:\/\/www.ctainternacionales.org\/wp-content\/uploads\/2015\/02\/este-blog-esta-en-huelga_1_2_1460511.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter  wp-image-2605\" src=\"http:\/\/www.ctainternacionales.org\/wp-content\/uploads\/2015\/02\/este-blog-esta-en-huelga_1_2_1460511.jpg\" alt=\"este-blog-esta-en-huelga_1_2_1460511\" width=\"95\" height=\"95\" \/><\/a><\/p>\n<div class=\"_5pbx userContent\" style=\"color: #141823; text-align: justify;\" data-ft=\"{&quot;tn&quot;:&quot;K&quot;}\">\n<p>La estrategia de los empleadores es adoctrinar el derecho laboral a las exigencias y necesidades econ\u00f3micas avasallando el derecho a la libertad sindical.<\/p>\n<p>Como se adelanto la OIT naci\u00f3 con una serie de particularidades verdaderamente revolucionarias para la \u00e9poca para el derecho internacional de la \u00e9poca, tales como su estructura tripartita, su poder normativo dirigidas en forma directa a regular las relaciones y condiciones de trabajo y sus mecanismo de control. seguido de una r\u00e1pida y eficiente legislaci\u00f3n convirtieron hasta la d\u00e9cada del 70 la gran protagonista y casi \u00fanica protagonista del derecho internacional del trabajo. Sin embargo en los \u00faltimos 20 a\u00f1os del siglo XX se fue dando un claro retroceso en los derechos obtenidos a favor de los trabajadores; en primer lugar la ca\u00edda del socialismo real modifico sustancialmente la correlaci\u00f3n de fuerzas en la OIT hasta la dedada del 80 los pa\u00edses de Europa del Este votaban en forma un\u00edsona con las exigencias de la clase trabajadora incluso hasta sectores de empleadores representantes del sector estatal de dichos pa\u00edses. La ca\u00edda del muro dentro de este contexto y de otros aun ya entrado un cuarto el siglo XXI se continuan pagando sus consecuencias. Los pa\u00edses de Europa del Este y el capital trasnacional esta apenas dando sus primeros pasos en esta cruzada de patear el tablero y modificar las reglas de juego en detrimento de la clase trabajadora. Este proceso se retro-alimento con el \u201cpensamiento \u00fanico\u201d en materia econ\u00f3mica; donde no solo prendi\u00f3 en los empleadores principales beneficiarios sino tambi\u00e9n en los gobiernos que comulgaron y comulgan con el neoliberalismo. A su vez se expresaron las pol\u00edticas de des-regulaci\u00f3n y flexibilizaci\u00f3n laboral que provocaron los cambios normativos en la OIT. Tambi\u00e9n hubo un desinter\u00e9s por pa\u00edses de Europa central que frente a un estado \u201cbenefactor o protector\u201d a partir de sus pol\u00edticas publicas nacionales sus necesidades estaban cubiertas por lo que el movimiento sindical europeo se dedico a mas a una mera formalidad y prevaleci\u00f3 solo el \u201cdialogo social\u201d dialogo social que hoy es inocuo frente al avance del capital, los empleadores y a la crisis econ\u00f3mica mundial. Pa\u00edses como Espa\u00f1a, Francia Italia hoy se enfrentan a fuertes ajustes y legislaciones que atropellan la libertad sindical. A todo esto hay que sumarle la problem\u00e1tica cong\u00e9nita como la brecha hist\u00f3rica entre la ratificaci\u00f3n de convenios y su aplicaci\u00f3n efectiva. Uno de los temas mas notorios y de mayor avance por parte de los estados y de los empleadores fue la incorporaci\u00f3n de los llamados trabajos esenciales que prohiben la huelga incluso la negociaci\u00f3n colectiva como ocurre en Peru con los trabajadores estatales y con otros matices en Chile, que no es mas que un ataque indiscriminado a la libertad sindical. ejemplos: Desde el 2013 todos los trabajadores estatales en Peru dependen del ministerio de econom\u00eda donde la discusi\u00f3n de sus convenios colectivos de trabajo no permiten la discusi\u00f3n salarial y las huelgas son declaradas ilegales permitiendo al igual que en Chile los despidos masivos y el reemplazo por parte de los empleadores de sus trabajadores casi en forma inmediata amparados por jurisprudencias nacionales. Recordemos tambi\u00e9n el intento en Argentina por parte de gobernador de Buenos Aires Daniel Scioli de judicializar el paro de docente del 2014 con un intento de declararlo trabajo esencial. La violaci\u00f3n de la libertad sindical golpea aun mas fuerte en los pa\u00edses donde la clase trabajadora se encuentra d\u00e9bil o atomizada y esta atomizaci\u00f3n se pone de manifiesto en pa\u00edses donde existe el sindicato es inexistente o existe el sindicato por empresa y no por rama de actividad. Por esta raz\u00f3n es muy importante llevar adelante medidas en forma conjunta no solo nacionales sino internacionales con el conjunto de la clase trabajadora y restablecer la solidaridad y la conciencia de clase en cualquier rinc\u00f3n donde exista un trabajador.<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Por Nicolas Honigesz La libertad sindical derecho a la huelga y la OIT x Nicolas Honigesz La Confederaci\u00f3n Sindical Internacional (CSI), que representa \n<a class=\"moretag\" href=\"https:\/\/ctainternacionales.org\/?p=2603\"> [...]<\/a>","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"ngg_post_thumbnail":0,"footnotes":""},"categories":[],"tags":[],"class_list":["post-2603","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ctainternacionales.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2603","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ctainternacionales.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ctainternacionales.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ctainternacionales.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ctainternacionales.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2603"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/ctainternacionales.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2603\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2610,"href":"https:\/\/ctainternacionales.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2603\/revisions\/2610"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ctainternacionales.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2603"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ctainternacionales.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=2603"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ctainternacionales.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=2603"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}